El curso de “Ingreso en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía” se organiza y desarrolla, según lo preceptuado por la Ley 6/2023, de 27 de julio, de Policías Locales de Andalucía, con una doble finalidad:

1.  Dar cumplimiento a lo establecido en la citada Ley, que lo determina como requisito previo y necesario para el ingreso en los Cuerpos de la Policía Local.

2. Formar adecuadamente a los futuros Policías en el ejercicio de su profesión.

De conformidad con el artículo 49 de la Ley 6/2023, de 27 de julio, este curso lo habrán de superar las personas que aprueben la primera parte del proceso selectivo a la categoría de policía de los Cuerpos de la Policía Local de nuestra Comunidad Autónoma, como requisito previo al nombramiento y subsiguiente toma de posesión como funcionarios/as de carrera. Durante la realización del curso el alumnado, como establece el artículo 50.1 de la referida Ley, tendrá la consideración de personal funcionario en prácticas en el municipio de origen. Las personas aspirantes seleccionadas adquirirán la condición de alumnos/as con el inicio del curso de ingreso. Los efectos de la condición de funcionarios/as en prácticas se producirán a partir de la fecha de adquisición de la condición de alumno/a.

Las personas seleccionadas para la realización del curso adquirirán la condición de alumnos/as al inicio del mismo, produciéndose los efectos de la condición de personal funcionario en prácticas a partir de la fecha de adquisición de dicha condición.

El uniforme del alumnado será el contemplado en el Anexo IV de la Orden de 16 de febrero de 2009, por la que se establece la descripción, diseño y características técnicas de la uniformidad de las Policías Locales, Vigilantes Municipales y Alumnado de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía (hoy Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía), Escuelas Concertadas y Escuelas Municipales de Policía Local.

El régimen disciplinario será el contemplado en el artículo 76 de la Ley 6/2023, de 27 de julio.